Iniciar un consultorio o establecimiento no es tan sencillo como colocar un letrero y empezar a recibir pacientes. La normativa sanitaria establece una serie de trámites y obligaciones que médicos, nutriólogos, dentistas, fisioterapeutas, psicólogos, cosmetólogos, spas y muchos más profesionistas deben cumplir para operar legalmente. No hacerlo puede derivar en multas, clausuras o incluso la imposibilidad de ejercer.
Si eres profesional de la salud y estás por abrir tu propio consultorio o clínica, este artículo te servirá como guía para conocer los trámites indispensables para cumplir con la regulación sanitaria.
Es muy importante recalcar que cada trámite debe adecuarse al establecimiento y práctica particulares, por lo que la siguiente información representa, de forma general y sin un orden particular, lo que todos debemos cumplir:
Por lo menos treinta días antes de iniciar operaciones, es obligatorio llevar a cabo el trámite de Aviso de Funcionamiento y Alta de Responsable Sanitario ante la COFEPRIS (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios). Este documento notifica a la autoridad sobre la existencia del consultorio o establecimiento y garantiza que cumple con los requisitos básicos de operación.
Toda consulta médica implica el manejo de datos personales sensibles, como antecedentes médicos, resultados de estudios y tratamientos. Para proteger la información de los pacientes, es obligatorio contar con un Aviso de Privacidad conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
Algunos datos que debe incluir:
Si piensas promocionar tus servicios de salud de forma individual en redes sociales o cualquier otro medio publicitario, debes tramitar un Aviso de Publicidad ante la COFEPRIS.
En caso de no tramitarlo, la autoridad te podrá ordenar que suspendas y des de baja toda tu publicidad en un periodo no mayor a 24 veinticuatro horas.
Llevar un expediente clínico es obligatorio y debe cumplir con la NOM-004-SSA3-2012. Este documento es clave para llevar un registro detallado de la evolución del paciente y proteger legalmente al profesional de la salud en caso de reclamaciones.
Es un respaldo legal sumamente importante ante cualquier tipo de conflicto con el paciente, así como una obligación médica que sí o sí se debe cumplir.
Para que un consultorio sea considerado seguro y funcional, debe cumplir, entre otras cuestiones, con los requisitos establecidos en la NOM-005-SSA3-2010, la cual regula las condiciones de infraestructura, equipamiento y medidas sanitarias de los establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
Debemos recordar que la COFEPRIS está facultada para visitar tu consultorio, y si no cumples con las especificaciones en esa norma contenidas, podrías enfrentarte a una clausura definitiva y por ende, la paralización en tus operaciones y ejercicio profesional.
Abrir un consultorio o prestar servicios de salud en México implica más que solo conocimientos médicos; es fundamental cumplir con la regulación sanitaria para evitar sanciones y garantizar la seguridad de los pacientes.
En Rodríguez, Manzano y García Abogados somos especialistas en derecho sanitario y regulatorio. Si necesitas asesoría para tramitar tu Aviso de Funcionamiento, Aviso de Publicidad o cualquier otro requisito legal, contáctanos. Nos encargamos de que tu consultorio cumpla con todas las normativas para que puedas ejercer sin preocupaciones.
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