Los suplementos alimenticios son una industria muy regulada en la actualidad, por lo que es sumamente importante conocer y cumplir con dicha regulación, de lo contrario podrías enfrentar muchos problemas. Si fabricas y/o vendes suplementos alimenticios, esto es para ti 😉.
Podemos considerar que la regulación existe en tres ordenamientos principales, los cuales son: Ley General de Salud, Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios y Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad.
Uno de los motivos por los que están tan regulados, además del impacto que tienen en nuestra salud claramente, es la reciente proliferación de “productos milagro”, por lo que se vuelve muy muy importante saber qué podemos considerar como suplemento alimenticio.
La Ley General de Salud define a estos últimos como aquellos productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes. Algunos ejemplos muy comunes son la proteínas, cápsulas con aceites, probioticos, entre muchos otros.
Es imprescindible entender bien su finalidad, para así no caer en la categoría ya referida y evitar problemas, pues un caso muy común es que se les atribuyan efectos terapéuticos propios de los medicamentos, lo que pasa cuando se pasa por alto la finalidad ya señalada.
Pero bueno, ¿qué debo de hacer si no quiero tener problemas con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a.k.a COFEPRIS? La respuesta es simple, debes llevar a cabo lo siguiente:
Prácticamente cumpliendo con todo lo anterior estás del otro lado, o sea, no deberás tener ningún tipo de problema con la autoridad.
Ahora, ¿qué pasa si no cumplo con alguno de estos requisitos? Bueno, depende de la falta que cometas pero las consecuencias pueden ir desde la confiscación de tus productos, la clausura del establecimiento, suspensión de actividades y hasta cuantiosas multas.
Así que ya sabes, si quieres un adecuado cumplimiento regulatorio, no dudes en contactarnos.
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